martes, 24 de enero de 2012

Leyes de protección animal tienen muchos huecos

TODO ANIMAL

A casi 5 meses de la aprobación de la Ley para la Protección a los Animales del Estado de Colima, una medio local indagó en el cumplimiento del artículo 75, referente a la exhibición y venta de animales. Para ello, se consultó la opinión del regidor Ángel Dueñas y del encargado de Inspecciones y Licencias del Ayuntamiento de Colima Iván Martínez Díaz.

En términos generales, la ley tiene como finalidad garantizar el bienestar de los animales, trato digno y respetuoso, erradicar el maltrato y otros actos de crueldad mediante la prevención y sanción, participación social en acciones de colaboración con actos gubernamentales, además de fomentar en la sociedad una cultura de cuidado, protección y de denuncia ante sucesos que transgredan la ley en prejuicio de la integridad de los animales.

Según este marco jurídico, al titular del poder ejecutivo del Estado, la Secretaría de Desarrollo Urbano a través de la Dirección de Ecología, la Secretaría de Salud y Bienestar Social, Secretaría de Cultura, Secretaría de Educación y a los Ayuntamientos les corresponde la aplicación del texto. En específico, la SSyBS y Ayuntamientos, son las autoridades competentes encargadas de realizar los procesos de verificación, inspección y vigilancia en materia de incumplimiento y violación.

Y es que el artículo 75 reza que los expendios de animales vivos en zonas urbanas deben sujetarse a los reglamentos aplicables, donde la persona a cargo requiere de una licencia expedida por autoridades sanitarias y municipales. En otro aspecto, indica que la exhibición y venta de animales tienen que realizarse en instalaciones adecuadas que respeten las normas de higiene y seguridad, donde se les proteja del sol y lluvia. Además, resalta que en ningún caso las operaciones anteriores se podrán realizar en la vía pública.

El artículo anterior constantemente es violado en el municipio de Colima, porque es común observar particulares en camionetas fuera de conocidos centros comerciales lucrando con animales domésticos, exhibiéndolos de forma inadecuada y sin licencia.

Las sanciones para los que no respeten esta ley consideran el apercibimiento, amonestación, arresto hasta por 36 horas, multas equivalentes de una a 200 unidades de salario al momento de imponer la sanción, clausura temporal o definitiva del establecimiento o pérdida de la custodia del animal, dependiendo del caso.

No podemos sancionar en propiedad privada: Ángel Dueñas

El regidor Ángel Dueñas, presidente de la Comisión de Protección al Ambiente y Desarrollo Sustentable del Ayuntamiento de Colima, dijo tener conocimiento del asunto, sin embargo declaró que como autoridad municipal se encuentran en situación complicada que aterriza en el terreno jurídico.

“No podemos sancionar porque los vendedores se localizan en propiedad de los centros comerciales”, lo que se hizo desde el ayuntamiento, afirmó Dueñas, es instar a los propietarios de los centros comerciales a impedir a los vendedores de animales a instalarse fuera de su propiedad; de esta manera, el regidor aseguró que la actividad de venta clandestina de animales se ha reducido, pero manifestó que desde el Ayuntamiento no bajarán la guardia sino que actuarán con más severidad a través de supervisiones que hará la Dirección de Ecología. (Con información de Ángel Guardián)

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